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  • Foto del escritorErick Mendoza

AMPARO EN REVISIÓN 551/2021

Actualizado: 24 jul 2023




En una decisión sumamente relevante, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región decidió por unanimidad ajustar el estándar de "más allá de toda duda razonable" para analizar la procedencia de la prisión preventiva justificada.


Llegó a la conclusión de que, en ese caso en concreto, no era posible imponer ninguna medida cautelar al investigado, ya que se encontraba detenido materialmente en otro proceso y no existía ningún riesgo que justificara su privación de libertad, por lo que ordenó su liberación en relación a ese proceso.


El Tribunal Colegiado de Circuito realizó un ejercicio argumentativo muy interesante en el que adecuó el estándar MATDR para la aplicación de la prisión preventiva. Llegó a la conclusión de que, para acreditar los hechos indicadores del riesgo procesal (en el caso concreto, el riesgo de fuga), el órgano jurisdiccional debe verificar si, a partir de los datos o medios de prueba, se cumplen los siguientes requisitos: (i) el nivel elevado de confirmación proporcionado por los datos o medios probatorios presentados por la Fiscalía y que desvirtúen la hipótesis planteada por la defensa; y (ii) al mismo tiempo, si se descarta la existencia de una duda razonable en relación con el riesgo procesal.


Este criterio es un paso en el camino correcto en la construcción de un estándar de prueba basado en criterios probatorios para evaluar la existencia de los riesgos procesales y la proporcionalidad de la prisión preventiva.


Comparto la ejecutoria:


AR 551 2021
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